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8 Preguntas y Respuestas sobre el Kit Digital

El Gobierno de España, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ha creado el Kit Digital, un sistema de ayudas directas que tiene como objetivo subvencionar la implantación de las soluciones disponibles con el fin de digitalizar las pequeñas empresas, las microempresas y los autónomos. Visualit como Agente Digitalizador Adherido te aclara algunas dudas […]

El Gobierno de España, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ha creado el Kit Digital, un sistema de ayudas directas que tiene como objetivo subvencionar la implantación de las soluciones disponibles con el fin de digitalizar las pequeñas empresas, las microempresas y los autónomos.

Visualit como Agente Digitalizador Adherido te aclara algunas dudas al respecto de estás ayudas directas en este artículo de nuestro blog.

1. ¿Quiénes pueden beneficiarse del Kit Digital? 

Se establecen tres segmentos de beneficiarios por número de empleados:
Segmento I Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados.
Segmento II Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados
Segmento III Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados.

Las personas en situación de autoempleo, autónomos, se consideran incluidos en todos los segmentos, en función del número de trabajadores que tenga contratados.

2. ¿Qué condiciones deben cumplir los beneficiarios del Kit Digital? 

Los beneficiarios deben de cumplir las siguientes condiciones:

No tener consideración de empresa en crisis.
Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
No superar el límite de ayudas de pequeña cuantía (minimis).
No estar sujetas a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

3. ¿Cuáles son las soluciones de digitalización del Kit Digital? 

El catálogo de soluciones susceptibles de ayudas, y que serán asignadas de manera directa a los beneficiarios de los tres segmentos, son las siguientes: 

Sitio Web y presencia en Internet. 
Comercio electrónico.
Gestión de Redes Sociales.
Gestión de Clientes. 
Business Intelligence y Analítica.
Gestión de Procesos.
Factura electrónica.
Servicios y herramientas de oficina virtual. 
Comunicaciones seguras.
Ciberseguridad.

4. ¿Quiénes tienen que implantar las soluciones digitales del Kit Digital? 

Las soluciones digitales del Kit Digital tienen que ser implantadas por los Agentes Digitalizadores Adheridos, entre los cuales se encuentra Visualit, que puede realizar la implantación de las siguientes soluciones:

Sitio Web y presencia en Internet. 
Comercio electrónico.
Gestión de Redes Sociales.
Gestión de Clientes. 
Business Intelligence y analítica.

5. ¿Cómo puedes solicitar tu bono Kit Digital?

Si tu empresa se encuentra entre los tres segmentos por número de empleados que describimos más arriba tienes que: 

  1. Registrarte en www.acelera pyme.es y completa el test de autodiagnóstico para saber el nivel de digitalización que tiene tu empresa. El resultado de este test no será vinculante.
  2. Escoge las soluciones que necesita tu empresa. Haz clic aquí para ver las soluciones que ofrece Visualit https://kitdigital.visualit.es/
  3. Solicita la ayuda a través de sede.red.gob.es en convocatoria y ayudas.

6. ¿Cómo emplear tu bono kit digital? 

  1. Accede al catálogo de Agentes Digitalizadores y decide con quien quieres implantar tu solución digital https://www.acelerapyme.gob.es/kit-digital/catalogo-digitalizadores
  2. Si tu Agente Digitalizador es Visualit, ponte en contacto con nosotros para suscribir el acuerdo de prestación de soluciones digitales. En ese acuerdo el beneficiario, su representante legal o un representante voluntario, y el Agente Digitalizador Adherido deberán formalizar (elaborar y firmar) la propuesta de Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, por medio del formulario web (modelo establecido al efecto en el Anexo III de la presente Convocatoria), que se encontrará disponible en la Sede Electrónica de Red.es y al cual se podrá acceder desde la plataforma Acelera Pyme (https://www.acelerapyme.gob.es/), aceptando las condiciones que se establezcan en el mismo. Se podrá formalizar un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización para solución de digitalización.

El plazo máximo para la formalización de Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización por ambas partes será de seis (6) meses desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda, salvo que la convocatoria establezca un plazo inferior. Transcurrido dicho plazo, el beneficiario perderá cualquier el derecho al cobro del importe de las ayudas concedidas si no están asociadas a Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización formalizados.

7. Si tu empresa ya tiene cierto nivel de digitalización ¿puedes utilizar el bono kit digital?

Las ayudas a la adopción de soluciones de digitalización podrán destinarse a sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario siempre que supongan una mejora funcional.

8. ¿Quién paga al Agente Digitalizado Adherido las Soluciones implementadas en tu empresa? 

La formalización del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización supondrá la cesión, por parte del beneficiario, del derecho de cobro del importe de la subvención concedida asociada a dicho Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización en favor del Agente Digitalizador Adherido, que recibirá el pago del 70% del importe a los tres (3) meses una vez implantada la solución. El importe restante será abonado a los doce (12) meses siguientes. 

No serán susceptibles de la ayuda los relacionados con impuestos como el IVA, que abonará el beneficiario, intereses de mora, gastos financieros, hardwares y servicios de telecomunicaciones y conexión a internet